Trasparencia etica

PRINCIPIOS GENERALES

PROGRAMA DE TRANSPARENCIA Y ÉTICA EMPRESARIAL

OBJETIVO

Objetivo

El objetivo del Programa es establecer los lineamientos que deben ser adoptados para la prevención, detección, investigación y respuesta a los riesgos de fraude, incluyendo el soborno y la corrupción, con el propósito de mitigar su ocurrencia.

ALCANCE

Alcance

El Programa de transparencia y ética empresarial es aplicable para todos los grupos de interés del Grupo: accionistas, administradores, directivos, colaboradores, clientela, proveedores y demás terceros con los que la Compañía tenga algún vínculo.

Asimismo, corresponde a cada una de las empresas del Grupo, adoptar los lineamientos que sean aplicables a partir de un actuar ético, transparente y responsable definido por una filosofía de cero tolerancias con aquellas conductas que no solo van en contra de la ley, sino además de los principios corporativos de las compañías.

PROGRAMA DE TRANSPARENCIA Y ÉTICA EMPRESARIAL

INTRODUCCIÓN
DEFINICIONES

PROGRAMA DE TRANSPARENCIA Y ÉTICA EMPRESARIAL

Proveedor (Contratista)
Corrupción (C)
Debida Diligencia
Factores de Riesgo
Matriz de Riesgo

PROGRAMA DE TRANSPARENCIA Y ÉTICA EMPRESARIAL

Negocios o TransaccionesInternacionales
Oficial de Cumplimiento
PEP
Políticas de Cumplimiento

PROGRAMA DE TRANSPARENCIA Y ÉTICA EMPRESARIAL

Programa de Transparencia y Ética Empresarial o PTEE
Riesgos C/ST
Riesgo de corrupción
Riesgos de Soborno Transnacional o Riesgo ST
Soborno Transnacional o ST
DEFINICIONES

PROGRAMA DE TRANSPARENCIA Y ÉTICA EMPRESARIAL

El Grupo Flamingo cuenta con los canales institucionales para realizar cualquier reporte definidos en el numeral “Canal de Comunicación”, sin embargo, los entes de control ponen a su disposición los siguientes canales:

Los reportes serán manejados con absoluta reserva garantizando su confidencialidad y la posibilidad de anonimato de quien lo realiza. Se garantiza, además, que ningún denunciante será sujeto de represalias o sanciones, por el solo hecho de haber denunciado.

No obstante, lo anterior, cuando se establezca que un colaborador o colaboradora ha realizado una denuncia actuando con mala fe, aduciendo hechos falsos o sin fundamento alguno, la Compañía podrá adelantar las acciones correspondientes de acuerdo con las normas aplicables y el Reglamento Interno de Trabajo.

ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL

PROGRAMA DE TRANSPARENCIA Y ÉTICA EMPRESARIAL

La promoción de la transparencia es un compromiso transversal para la Compañía, motivo por el cual, en todos los niveles de la estructura organizacional se han asumido responsabilidades para la adecuada gestión del Programa, así:

Junta Directiva

Son deberes de la Junta en torno al programa:


A.
Expedir y definir la Política de Cumplimiento.


B.
Definir el perfil del Oficial de Cumplimiento conforme a la Política de Cumplimiento.


C.
Designar al Oficial de Cumplimiento.


D.
Aprobar el documento que contemple el PTEE.


E.
Asumir un compromiso dirigido a la prevención de los Riesgos C/ST, de forma tal que la compañía pueda llevar a cabo sus negocios de manera ética, transparente y honesta.


F.
Asegurar el suministro de los recursos económicos, humanos y tecnológicos que requiera el Oficial de Cumplimiento para el cumplimiento de su labor.


G.
Ordenar las acciones pertinentes contra los Colaboradores que tengan funciones de dirección y administración, los Empleados, y administradores, cuando cualquiera de los anteriores infrinja lo previsto en el PTEE.


H.
Liderar una estrategia de comunicación y pedagogía adecuada para garantizar la divulgación y conocimiento eficaz de las Políticas de Cumplimiento y del PTEE a los Empleados, Accionista, proveedores y clientes.


Descripción de la imagen

PROGRAMA DE TRANSPARENCIA Y ÉTICA EMPRESARIAL

Representante legal

De acuerdo con las normas aplicables, corresponde al Representante Legal frente al Programa:


A.
Presentar con el Oficial de Cumplimiento, para aprobación de la junta directiva o máximo órgano social, la propuesta del PTEE.


B.
Velar porque el PTEE se articule con las Políticas de cumplimiento adoptadas por la Junta Directiva o máximo órgano social.


C.
Prestar efectivo, eficiente y oportuno apoyo al Oficial de Cumplimiento en el diseño, dirección, supervisión y monitoreo del PTEE.


D.
En los casos en que no exista una Junta Directiva, el representante legal propondrá la persona que ocupará la función de Oficial de Cumplimiento, para la designación por parte del máximo órgano social.


E.
Certificar ante la Superintendencia de Sociedades el cumplimiento de lo previsto en el presente Capítulo, cuando lo requiera esta Superintendencia.


F.
Asegurar que las actividades que resulten del desarrollo del PTEE se encuentran debidamente documentadas, de modo que se permita que la información responda a unos criterios de integridad, confiabilidad, disponibilidad, cumplimiento, efectividad, eficiencia y confidencialidad.


Oficial de cumplimiento

Las funciones del Oficial de Cumplimiento descritas en este manual obedecen a lo estipulado por la Superintendencia de Sociedades. Esta persona debe dar cumplimiento a los requisitos exigidos por la SuperSociedades y presentados en este Manual para ocupar dicho cargo.

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